A través de este foro se dan las principales iniciativas, bases y conocimientos relacionados con el Decreto 1273 emitido por el Ministerio de Salud y la Protección Social, reglamenta el mecanismo de retención, liquidación y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social para Independientes.
Los principales cambios que trae son:
- El pago de aportes de los cotizantes independientes del sistema PILA se debe realizar mes vencido.
- El primer pago a realizar mes vencido es septiembre de 2018. Las administradoras del sistema y los operadores de información somos responsables de comunicar este cambio a los cotizantes.
El pago de aportes al Sistema de seguridad social para los contratistas Tipo de cotizantes 59) es responsabilidad del contratante (persona jurídica o natural) previa retención de los valores que correspondan (salud, pensión y riesgos)
El primer pago a realizar bajo este esquema será en Retención y pago junio de 2019.
En el siguiente link se puede descargar el ABECÉ sobre cambios en el pago de seguridad social para trabajadores independientes:
http://www.chaparral-tolima.gov.co/Transparencia/BancoDocumentos/abece-pago-planilla-mes-vencido.pdf
Link de descarga del boletín informativo sobre el decreto 1273:
http://www.chaparral-tolima.gov.co/Transparencia/BancoDocumentos/Informacion-Decreto-1273-MinSalud.pdf