1. Dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar la operación de los procesos de Salud Pública, Aseguramiento y Oferta de Servicios, atendiendo las disposiciones definidas por las entidades competentes.
2. Ejercer la rectoría en salud entre los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), en el municipio de Chaparral, de acuerdo con lo establecido en el marco normativo vigente.
3. Promover las acciones intersectoriales y transectoriales en el desarrollo de las estrategias de salud, que permitan el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Territorial de Salud.
4. Realizar la vigilancia epidemiológica, la respuesta inmediata a brotes y hacer georreferenciación de todos los eventos sujetos a vigilancia, según sus competencias.
5. Administrar, implementar y difundir el sistema de información establecido por el Ministerio de la Protección Social y el Instituto Nacional de Salud, para la recolección, procesamiento, transferencia, actualización, validación, organización, disposición y administración de datos de vigilancia, de acuerdo con lo definido en la normatividad vigente.
6. Impulsar mecanismos para la adecuada participación social y el ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud y de seguridad social en salud.
7. Adoptar, administrar e implementar el sistema integral de información en salud, así como generar y reportar la información requerida por el Sistema.
8. Dirigir, planificar, coordinar y ejecutar programas y proyectos para mejorar la seguridad alimentaria y nutricional, en especial de los más vulnerables.
9. Conocer y decidir de los recursos de apelación en primera instancia, contra las decisiones proferidas por la inspección de policía en el curso del procedimiento verbal abreviado en lo que tiene que ver con las materias a su cargo, conforme a lo señalado en la normatividad vigente.
10. Las demás que en el marco de sus competencias se deriven de los planes, programas y proyectos a su cargo y que le sean asignadas por autoridad competente.
Relacionadas con la Salud Pública:
1. Supervisar las acciones de vigilancia, control y seguimiento necesarias, para garantizar las acciones de salud pública, promoción de la salud y prevención de la enfermedad, vigilancia epidemiológica y los factores de riesgo.
2. Dirigir la vigilancia y control sanitario en su jurisdicción, sobre los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y espacios que pueden generar riesgos para la población, de conformidad con el marco normativo vigente.
3. Dirigir la elaboración del diagnóstico y pronóstico del estado de salud de la población del área de influencia e interpretar sus resultados para definir los planes, programas y proyectos de salud correspondientes.
4. Formular y ejecutar las acciones de promoción, prevención, vigilancia y control de vectores y zoonosis, en cumplimiento del marco normativo vigente.
5. Realizar inspección, vigilancia y control de factores de riesgo que afecten la salud humana presentes en el ambiente, en coordinación con las autoridades ambientales.
6. Fomentar las acciones de promoción de entornos saludables y de prevención de riesgos específicos, relacionados con el ambiente y que sean competencia del sector salud, según lo establecido en la normatividad vigente.
7. Iniciar los procesos administrativos y/o sancionatorios generados por incumplimiento en las condiciones mínimas sanitarias y por investigaciones preliminares de quejas presentadas por la comunidad, con la calidad y oportunidad requerida.
8. Las demás que en el marco de sus competencias se deriven de los planes, programas y proyectos a su cargo y que le sean asignadas por autoridad competente.
Relacionadas con la el Aseguramiento y la Prestación de los Servicios de Salud:
1. Dirigir y supervisar el aseguramiento en salud de la población pobre y vulnerable del Municipio con el propósito de otorgarles et subsidio de aseguramiento a través del régimen subsidiado en salud.
2. Identificar a la población pobre y vulnerable en su jurisdicción y seleccionar a los beneficiarios del régimen subsidiado, atendiendo las disposiciones que regulan la materia.
3. Identificar las necesidades de financiación y cofinanciación de la afiliación al régimen
subsidiado de la población pobre y vulnerable
y ejecutar eficientemente los recursos
destinados para tal fin.
4. Planear, coordinar, dirigir, administrar y controlar programas y procesos que faciliten el seguimiento directo o por medio de auditorías, para la adecuada ejecución de los recursos de aseguramiento en el régimen subsidiado y la prestación de los servicios de salud.
5. Supervisar, orientar y vigilar la depuración y actualización de la base de datos del régimen subsidiado.
6. Desarrollar labores de inspección, vigilancia y control de las empresas promotoras de salud, e informar a las autoridades competentes sobre la inobservancia de las normas de obligatorio cumplimiento.
7. Realizar la autorización de servicios y auditoría de cuentas de los servicios que demande la población afiliada del régimen subsidiado y otros que sean objeto de pago por parte del municipio.
8. Las demás que en el marco de sus competencias se deriven de los planes, programas y proyectos a su cargo y que le sean asignadas por autoridad competente.